1. Institucional
SATQURU, S.L., fue constituida el 24 de septiembre de 1998.
Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en la Hoja TF-19,067, folio 68 del Tomo 1741, inscripción 1ª.
Su domicilio social se encuentra en c/ Juan XIII, 16-38650 – Los Cristianos Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.
2. Organizativa
SATQURU, S.L., se dedica como actividad principal al Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en los negocios denominados:
- CNAE 4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados
- Local Calle Juan XXIII, 16, 38650, Los Cristianos, Arona, S.C. de Tenerife (Jewellers Juan XXIII)
- Local Calle Juan XXIII, 18 Puerta 2B, 38650, Los Cristianos, Arona, S.C. de Tenerife (Jewellers Temptation)
- Local Av Las Américas, 10 CC Vistasur Local B34 (Jewellers SK)
- Local Av Las Américas, 10 CC Vistasur Local B39 (Jewellers Gem´s)
- Local Av Playa de Las Américas, 7 Local 25, 38650, Los Cristianos, Arona, S.C. de Tenerife (Jewellers Aura)
Como actividades secundarias al comercio May. de prendas de vestir y calzado, promoción de terrenos, promoción de Edificaciones, alquiler de locales industriales, alquiler de viviendas, comercio menor por correo o catálogo, en los negocios denominados:
- Local Calle Juan XXIII, 18 Puerta 2B, 38650, Los Cristianos, Arona, S.C. de Tenerife
2.1.1 ESTATUTOS 11 35
2.1.2 CONVENIO METAL
2.2 Normativa aplicable a la entidad
SATQURU, S.L. es una sociedad mercantil que se rige por la siguientes normativas:
Sociedades de capital:
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
- Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada
- Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo
Transparencia:
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Más información en el Comisionado de Transparencia
Convenio:
- Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
- Convenio Colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria
Estatutos de la sociedad:
2.3 Organigrama
ADMINISTRADORES
-
DIRECCIÓN
-
VENDEDORES
-
3. Económico-financiera
3.1 Cuentas anuales
SATQURU, S.L. cumple con su obligación legal de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ser solicitadas en dicho registro. (Enlace para la solicitud: https://www.e-registros.es/deposito-de-cuentas)
3.2 Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización
La entidad no realiza auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo ya que no reúne ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital:
"Artículo 263. Auditor de cuentas.
- Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberá ser revisador por auditor de cuentas.
Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
- Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.
Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.
- En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exceptuadas de la obligación de auditarse si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en el apartado anterior."
4. Contratos y Convenios
No se ha suscrito ningún contrato ni convenio con las entidades públicas durante el ejercicio 2021
5. Relación de ayudas y subcenciones concedidas
*Línea 2.2 COVID de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, financiadas por el Gobierno de España
Subvencionado por: Gobierno de Canarias
Importe concedido: 1.268.304,21€
Colectivo beneficiario: Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupos de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y, en su caso, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
Objetivo: Subvención destinada a paliar los daños por la situación de COVID-19.
Finalidad: Realizar pagos pendientes a proveedores y otros acreedores que estén pendientes a fecha 15/06/2021; satisfacer otras deudas financieras o no financieras pendientes a fecha 15/06/2021: incluidas deudas bancarias y las que haya contraído la empresa con socios, administradores o cualquier tercero acreedor no financiero; cubrir las pérdidas acumuladas entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021, puesto que de acuerdo con el marco Europeo de ayudas COVID denominados “costes fijos no cubiertos” coinciden, en todo caso, con las pérdidas acumuladas en el periodo subvencionable.
*Subvenciones Dirigidas al Mantenimiento de la Actividad de Personas y Trabajadores Autónomos y Pequeñas y Medianas Empresas más afectadas por la crisis derivada de la Covid-19.
Subvencionado por: Gobierno de Canarias
Importe concedido: 25.000,00€
Colectivo beneficiario: Personas y Trabajadores Autónomos y Pequeñas y Medianas Empresas
Objetivo: Mantenimiento de la Actividad
Finalidad: Apoyar los negocios y actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas como medida de protección y soporte ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y conseguir, con prontitud, la reactivación de la economía regional y el aseguramiento del mayor nivel de empleo.
*Subvención para la supervivencia del sector empresarial del municipio de Arona con motivo del Covid-19.
Subvencionado por: Excmo. Ayuntamiento de Arona
Importe concedido: 1.500,00€
Colectivo beneficiario: Microempresas y pequeñas empresas de hasta un máximo de 20 trabajadores, titulares de una actividad económica en el municipio de Arona en establecimientos abiertos al público y que se hayan visto afectados por la declaración del estado de alarma y restricciones posteriores como consecuencia del COVID 19, bien por cierre temporal de la actividad o por minoración ostensible de su actividad que suponga una reducción en la venta/facturación superior al 30% durante el año 2020 respecto del año anterior (2019).
Objetivo: Salvar el tejido empresarial del municipio
Finalidad: Cubrir gastos derivados de la actividad, gastos de personal, seguros sociales, alquiler de locales, etc.